1. Está disponible la Colaboración Técnica 070319, del Dr. Honorio Díaz, sobre Contrato de Trabajo. La Ley prevé la posibilidad, para el empleador, de corregir la inconducta del trabajador y de esta forma mejorar el alcance de los objetivos de la empresa. En esta oportunidad, el autor nos explica que ese poder no es irrestricto ni incuestionable. El empresario debe notificar fehacientemente a su dependiente la medida sancionatoria que le aplica de una manera clara y concreta. http://data.triviasp.com.ar/files/normast.asp?archivo=ct070319.html

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